Facturar poco, perder clientes durante meses o mantener una actividad que apenas genera rendimiento puede terminar haciendo inviable un negocio aunque las cuentas todavía aparezcan en positivo. En determinados casos, esa situación puede abrir la puerta a la prestación por cese de actividad del autónomo.
Hay autónomos que mantienen abierto un negocio durante meses, e incluso años, aunque los ingresos hayan caído hasta niveles que apenas permiten sostener la actividad. En estos casos suele aparecer una duda importante. Si el negocio todavía presenta algún beneficio, aunque sea mínimo, ¿queda descartada la posibilidad de solicitar la prestación por cese de actividad? No necesariamente.
Distintas resoluciones judiciales han considerado que la ausencia de pérdidas contables no impide por sí sola reconocer que una actividad se ha convertido en inviable. Lo importante será poder demostrar qué está ocurriendo realmente en el negocio y por qué continuar desarrollándolo ya no resulta razonable desde un punto de vista económico o productivo.
¿Qué exige la normativa?
Para acceder a la prestación por cese de actividad, el autónomo debe encontrarse en alguna de las situaciones legalmente protegidas. Entre ellas se encuentran los motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos que hagan inviable continuar con la actividad.
La Ley contempla expresamente determinados supuestos, entre ellos que las pérdidas de un año completo superen el 10 % de los ingresos obtenidos durante ese mismo periodo. Pero aquí aparece la cuestión que ha llegado en numerosas ocasiones a los tribunales. ¿Es ese porcentaje de pérdidas la única manera de demostrar que el negocio es inviable? Varias sentencias han respondido que no.
Los tribunales han analizado casos en los que el autónomo seguía teniendo un pequeño resultado positivo, pero sus rendimientos habían caído hasta cifras prácticamente testimoniales. En algunas de estas resoluciones se ha reconocido la prestación porque, al valorar el conjunto de las circunstancias, quedaba acreditado que la actividad ya no podía mantenerse de forma viable.
- Atención. Esto no significa que cualquier autónomo con pocos ingresos tenga derecho al cese de actividad. Una cosa es ganar poco y otra demostrar que el negocio ha dejado objetivamente de ser viable.
Prueba
En una solicitud de estas características no bastará con afirmar que la actividad ya no compensa. Habrá que acreditar cómo ha evolucionado el negocio y qué circunstancias han provocado su deterioro. Puede resultar especialmente útil la evolución de ingresos durante varios ejercicios, las declaraciones fiscales, la contabilidad, una caída continuada de ventas, la pérdida de clientes o contratos importantes, la existencia de deudas o cualquier otro dato que permita demostrar que mantener la actividad ya no resulta sostenible.
Por eso es especialmente importante recopilar la documentación antes de tramitar el cese y no limitar el análisis al resultado de un único ejercicio.
¿Qué recomendamos hacer?
Si la actividad atraviesa una caída prolongada de ingresos y se está valorando el cierre, conviene estudiar la situación antes de tomar decisiones. En especial, resulta aconsejable revisar la evolución económica de varios ejercicios, la documentación fiscal y contable, las posibles deudas, los clientes perdidos y cualquier otra circunstancia que permita explicar por qué el negocio ha dejado de ser viable.
- Atención. Antes de causar baja o cerrar definitivamente la actividad, es conveniente revisar si se cumplen los requisitos del cese de actividad y preparar adecuadamente la prueba que pueda exigir la Mutua.
La viabilidad de un negocio no siempre puede reducirse a comprobar si el resultado contable es positivo o negativo. Un autónomo puede mantener formalmente un pequeño beneficio y, sin embargo, encontrarse ante una actividad que ya no genera ingresos suficientes para continuar. En estos casos, la posibilidad de acceder a la prestación dependerá de las circunstancias concretas y, sobre todo, de que pueda demostrarse de forma objetiva la falta de viabilidad.
Desde el despacho podemos revisar cada situación antes de tramitar el cese, comprobar si concurren las causas exigidas y valorar qué documentación conviene aportar para acreditar correctamente la situación económica de la actividad.
Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Un cordial saludo,